lunes, 3 de agosto de 2020

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

Por Luz Marina Méndez Garcia 

Agosto 2020

El Reglamento Interno de Trabajo es un mapa de las relaciones de trabajo de una empresa.

¿QUÉ ES EL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO?

-Son las reglas de juego.
-Responden al día día de la empresa.
-Debe estar hecho a la medida, según las necesidades de la organización.
-Es de obligatorio cumplimiento (para empresas con más de 10 trabajadores).

¿QUIÉN Y CÓMO SE ELABORA EL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO?

- Lo elabora el empleador de manera unilateral.
- Permite espacios de participación (Sentencia C-934/04).
-No requiere aprobación por parte del Ministerio del Trabajo.
-Rige desde su publicación (Ley 1429/10).
-Debe tener fecha de elaboración.
-Debe estar firmado por el representante legal.
-Debe publicarse en mínimo 2 sitios distintos.

EFECTO JURÍDICO Y VIGENCIA

-Hace parte integral del contrato de trabajo.
-Lo estipulado en el Reglamento Interno de trabajo es de obligatorio cumplimiento para las dos partes.
-Las modificaciones deben respetar el procedimiento del Artículo 119 del Código Sustantivo del Trabajo.

CONTENIDO DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

- Indicaciones del empleador y de los lugares de trabajo.
- Condiciones de admisión, aprendizaje y periodo de prueba.
- Sobre los trabajadores accidentales o transitorios.
- Horarios de entrada y salida de los trabajadores, sobre los turnos de trabajo, trabajo en equipo, horarios para la alimentación, descansos, pausas.
- Sobre horas extras y trabajo nocturno.
- Dias de descanso legalmente obligatorio, horas o días de descanso convencional o adicional, vacaciones remuneradas, permisos, especialmente en lo relacionado con el desempeño de comisiones sindicales, asistencia a entierros de compañeros de trabajo y grave calamidad doméstica.
- Salario mínimo legal o convencional.
- Lugar, día, hora de pagos y periodo que los regula.
- Tiempo y forma en que los trabajadores deben sujetarse a los servicios médicos que el empleador suministre.
- Prescripciones de orden y seguridad.
- Indicaciones para prestar los primeros auxilios en caso de accidente.
- Orden jerárquico de los representantes del empleador, jefes de área, coordinadores, supervisores. 
- Especificaciones de labores que no deben ejecutar las mujeres y menores de 16 años.
- Normas especiales que se deben guardar en los diversos tipos de labores, de acuerdo con la edad y el género de los trabajadores, esto con el fin de mantener la seguridad y minimizar o eliminar los riesgos laborales (trabajo de alto riesgos como alturas y espacios confinados, actividades prohibidas para mujeres, consumo de alcohol social ej. Gerentes,  comerciales).
- Obligaciones y prohibiciones especiales para el empleador y los trabajadores.
- Escala de faltas y procedimientos para su comprobación, procesos disciplinarios y forma de aplicar sanciones.
- Comunicación con los trabajadores: Como mínimo indicar que todo trabajador debe reportar un e-mail activo y la dirección de su vivienda de manera verídica con el fin de recibir información relacionada con el trabajo, es obligatorio mantener actualizados los datos personales, incluyendo la dirección física de residencia.
- La persona o cargo ante quienes se deben presentar los reclamos del personal y tramitación de estos, expresando que el trabajador o los trabajadores pueden  asesorarse del sindicato cuando aplique.
- Prestaciones adicionales a los que legalmente tengan derecho.
- Fecha de publicación y vigencia.
- Se debe publicar en físico, 15 días hábiles para que trabajadores y organizaciones sindicales formulen ajustes.

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lunes, 27 de julio de 2020

DIAS CARGADOS INCAPACIDAD ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL ESTADÍSTICAS

Por Luz Marina Méndez Garcia


En la Resolución 111 de 20017 se establecía que los días cargados por muerte eran 6000 días y que los días cargados por pérdida de capacidad laboral (PCL) eran 600 días multiplicado por el porcentaje de PCL  asumiendo que 6000 días se asigna para una pérdida del 100%.

En la Resolución 0312 de 2019 no se determina el valor de los días cargados por muerte ni por PCL, a pesar que el indicador de severidad de la accidentalidad exige los días cargados.

Dado que no existe normatividad en Colombia que regule los días cargados, lo más recomendable es remitirse a las normas técnicas. La norma NTC 3701 de 1994 establece los días cargados según la parte del cuerpo afectada, pero no indica un valor para días cargados por muerte.

Al revisar la NTC 3701, se encuentra que los valores fueron tomados de la norma internacional ANSI Z 16-1 estable que "La muerte ocasionada por lesiones de trabajo tendrá un cargo en tiempo de 6.000 días".

Resumen del término días cargados: Cantidad de días que se cargan o asignan a una lesión generada por un accidente o enfermedad laboral, siempre que dicha lesión origine la muerte, invalidez o incapacidad permanente parcial (IPP).

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jueves, 23 de julio de 2020

AFILIACIÓN ARL EN CONTRATO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS

by Luz Marina Méndez Garcia

Imagen Tomada de http://icalfierigaribaldi.gov.it/category/progetti/sportello-di-ascolto

Reza la sección 2 del Artículo 2.2.4.2.2.3. del Decreto 1072 del 2015 lo siguiente "Actividades de Alto Riesgo. Para efectos de la presente seción, se asimilan como de alto riesgo, aquella actividades correspondientes a las clases IV y V a que hace referencia el Decreto ley 1295 de 1994 y la clasificación de actividades económicas establecidas en el Decreto 1607 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya".

Más adelante, en el artículo 2.2.4.2.2.13. del mismo Decreto se lee "Pago de Cotización. Las Entidades o Instituciones Públicas o Privadas contratantes y los contratistas, según corresponda deberán realizar el pago mensual de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Laborales de manera anticipada, dentro de los términos previstos por las normas vigentes...El contratante debe pagar el valor de la cotización de manera anticipada, cuando la afiliación del contratista sea por riesgo IV O V.  PARÁGRAFO 2. El contratante deberá verificar el pago mensual de aportes por parte de los trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Laborales" .

Recordemos la tabla de clasificación del Riesgo Valores Mínimos y Valores Máximos:




Y la tabla de Clasificación Según el Tipo de Riesgo:




Tabla tomada de http://soysimary.blogspot.com.co/2012/11/generalidades-de-salud-ocupacional-y.html

Para contratos por prestación de servicios en actividades de alto riesgo la responsabilidad de afiliar a la ARL y garantizar el pago mensual corre por cuenta del Contratante.

De igual manera para que exista un contrato por prestación de servicio civil, no laboral deben estar exentas estas tres variantes: remuneración, subordinación y prestación personal del servicio, así las cosas si se presenta uno o varios de estos elementos pasa a ser automáticamente un contrato laboral regido por el Código Sustantivo del Trabajo, así no exista un documento firmado.

Ahora, en la prestación de servicios no hay subordinación, lo que significa que el trabajador no debe acatar un horario ni órdenes permanentes, únicamente debe cumplir con el objetivo para el que ha sido contratado, en el plazo acordado.

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jueves, 25 de junio de 2020

GRATIS PROTOCOLO BIOSEGURIDAD COVID-19 EMPRESAS COLOMBIA

by Luz Marina Méndez Garcia 

25 Junio 2020




Esta entrada es sencilla pero sustanciosa, como parte de nuestro aporte a la re-activación económica de Colombia les regalamos un modelo de protocolo de Bio-seguridad para que ajusten a sus organizaciones, incluye una imagen con disolución de hipoclorito para desinfectar áreas, ¿cómo hacerlo?:

1. Revise y actualice la legislación que le aplique a su empresa.
2. Identifique los puntos o sedes para los que requerirá autorización de re-activación.
3. Incluya en el documento, nombres, # de identificación y lugar  de residencia de los trabajadores autorizados.
4. Adicional elabore un formato de consentimiento informado que deberá leer y firmar cada trabajador.


¿Dónde registrar el protocolo en Bogotá? cuando tenga listo el protocolo, regístrelo en este link, hacia la mitad de la página donde dice: Registro de empresas


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martes, 9 de junio de 2020

CÓMO IMPLEMENTAR EL SG-SST GRATIS PLAN DE TRABAJO


DESCARGA GRATIS MODELO DE PLAN DE TRABAJO DEL SG-SST





Muchas empresas viven su día a día con una gran dificultad para la implementación de un eficiente Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y se debe en su gran mayoría a los re-procesos, es lo que la experiencia, luego de trabajar con varias empresas, entre ellas aerolíneas, empresas de manufactura, agencias de viaje, de servicios, de importaciones, nos ha ido mostrando, es una falla común de la Gerencia Estratégica, los re-procesos no son más que dar dos pasos hacia adelante y uno hacia atrás, veamos algunos tips para evitarlo:


1. Asigne un líder permanente del SG-SST: escoja a una persona empoderada, conocedora del tema y lo fundamental, que le importe la empresa, que se interese por sus procesos, los conozca, que sepa de la situación financiera y legal, que trabaje codo a codo con los directivos.

Cuando un Sistema de Gestión no cuenta con una cabeza visible y compenetrada, el SG-SST funciona como una rueda suelta y es cuando caemos en los famosos re-procesos, es aquí donde vemos que se contrata a una persona que se encargue del SG-SST mientras se soluciona uno u otro asunto pendiente y se queda en el cargo durante un determinado tiempo, por lo general son periodos de tiempo cortos que duran entre tres meses y un año, esta persona realiza las actividades según su parecer, se pierde, si es que ha existido en la empresa el estándar, nadie controla las actividades, cuando la persona se va de la empresa, se lleva toda o la poca información y trabajo documental que haya realizado, no hubo seguimiento, control de actividades ni trazabilidad a la gestión.

2. Diseñe y estructure procesos y planes de trabajo a mediano y largo plazo: diseñe y estructure un buen SG-SST con un plan de trabajo a largo plazo (mínimo 1 año), identifique las áreas y procesos de su organización, documente planes de trabajo, programas y procedimientos estándar, asigne a un líder de confianza que en lo posible perdure en su organización, no necesariamente debe ser profesional en SST, luego contrate a un profesional que se encargue de ejecutar, de esta manera es el lider del SG-SST quien siempre mantendrá el control y hará las veces de contraloría del profesional que ejecuta, así cuando hayan cambios de personal no se pierde el trabajo y dinero invertido, se logra realizar un empalme, traspaso de información y documentación y lo más importante, se garantizará la mejora continua.

En el siguiente link les obsequiamos un modelo de un plan de trabajo pre-diseñado con formato condicional en excel Descargar gratis modelo Plan de Trabajo SG-SST



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lunes, 31 de julio de 2017

EVIDENCIAS RESOLUCIÓN 1111 DEL 2017

by Luz Marina Méndez Garcia



Propiedad Luz Marina Méndez García

Las evidencias que exige el decreto 1072 del 2015 y la Resolución 1111 del 2017 no se relacionan exclusivamente con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo sino que también tocan temas administrativos como contabilidad, gestión gerencial, calidad y medio ambiente.

En el Decreto 1072 de 2015, en el parágrafo 1 del artículo 2.2.4.6.12 se lee:
“Parágrafo 1. Los documentos pueden existir en papel, disco magnético, óptico o electrónico, fotografía, o una combinación de éstos y en custodia del responsable del desarrollo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo”.
Es importante tener claridad sobre cuál es el formato original de cada documento: Físico, digital, intranet.
Para los documentos que requieren estar firmados por el representante legal y/o el responsable del SG-SST se recomienda imprimir los documentos, firmarlos y luego escanearlos para divulgarlos como es el caso de: 
  • La política del Sistema de  Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Plan de Mejora.
  • Plan de Trabajo Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.

De igual manera se procede con las evidencias de divulgaciones, capacitaciones y entrenamientos impartidas a los trabajadores, se debe recolectar la evidencia y si se considera se puede digitalizar y guardar en medio magnético pero se debe conservar la evidencia original y dar cuenta de su origen y custodia, ejemplo:
  • Registros fotográficos.
  • Actas de reuniones del SG-SST en general, del COPASST y Comité de Convivencia firmadas.
  • Formatos firmados de capacitaciones, charlas, entrenamientos.
  • Vídeos.
  • Procedimientos Operativos divulgados y firmados.
  • Lecciones aprendidas divulgadas y firmadas.
  • Evidencia e implementación de Programas de vigilancia epidemiológica.
Es importante que la custodia de toda la evidencia esté en manos del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de manera organizada y actualizada y/o que este dé razón dónde se encuentra cada documento original, también es importante que se evidencie organización y coherencia en la documentación, por orden cronológico, por ciudad, por proyectos, etc.


Recuerde, este es un proceso sistemático y se debe demostrar que se está ejecutando por etapas, además el diseño No es como se ve sino cómo funciona.





martes, 27 de junio de 2017

METODOLOGÍA CHARLAS CINCO MINUTOS PARTE 1

by  Nidia Méndez Garcia





Es uno de  los medios más eficaces para corregir las prácticas de trabajo incorrectas y formar  conciencia en prevención de accidentes tanto en el trabajo como fuera de él.
Son varios los factores que dan las charlas de cinco minutos un valor incalculable entre ellos se pueden citar los siguientes: brevedad, temas específicos, estilo sencillo y directo y participación.

Cada una de las charlas seleccionadas debe contener un mensaje practico y sencillo, los temas tratados deben estar relacionados con el Trabajo que se ejecuta, con el medio ambiente que nos rodea, con la calidad de la obra, con la Motivación personal y laboral, con la seguridad y la salud de los trabajadores.

Deben estar escritas en un lenguaje sencillo, con el propósito de captar la atención de los trabajadores, para formar en ellos un interés genuino en las practicas correctas de trabajo, en ellas se deben incluir ejemplos ilustrativos para facilitar la comprensión del tema expuesto.

 1. Utilización de las charlas

El supervisor debe hacer un estudio de las condiciones de trabajo en el área, para determinar cuáles son los peligros y los riesgos a los que se están exponiendo diariamente los trabajadores y sobre ello determinar cuáles son  las charlas que más se ajustan a este tipo de labor por ejemplo: si en la obra existen peligros eléctricos que están ocasionando accidentes o incidentes, se deben programar primero las charlas que traten sobre riesgo eléctrico.


 2. Lugar




El Lugar que se escoja para dar una charla tiene gran impacto e influencia en el desarrollo positivo de la charla, ya que la disposición física del lugar tendrá un efecto psicológico sobre los asistentes.

Por eso es aconsejable que el lugar sea cómodo, alejado del ruido y que este aseado y limpio.

El ambiente del lugar debe ser lo más agradable posible, deben proveerse asientos o bancos para que los trabajadores se sientan cómodos; la comodidad de los trabajadores debe tomarse muy en serio, porque si no están cómodos no podrán captar y aprovechar adecuadamente el mensaje que se les comunica y empezarán a predisponerse negativamente hacia la charla.

3. Horario



Tan importante como el lugar donde se den las charlas, es la hora del día que se dedique para hacerla.

Es aconsejable hacerla a la primera hora de la mañana, antes de comenzar la jornada laboral.

No debe darse la charla por ejemplo antes de la hora del almuerzo o antes de la hora de la salida pues estos momentos no son los más oportunos para lograr que los trabajadores presten la debida atención al tema.

Las charlas deben ser breves, es recomendable que no se excedan de 15 minutos; la brevedad de las charlas es una de las características por las cuales son un vehículo tan eficaz para comunicar los mensajes prácticos de seguridad.

4. Preparación



Para emprender cualquier tarea, actividad o trabajo es necesario contar la preparación debida anticipadamente la planeación de la charla de cinco minutos es sumamente importante para lograr comunicar asertivamente el mensaje.

ü  Seleccione el tema

La selección del tema es muy importante ya que debe obedecer a una necesidad, no debe elegirse al azar, los temas deben estudiarse detenidamente y elegir el más apropiado de acuerdo con las circunstancias laborales o con la programación realizada con anticipación.

ü  Estudie el material

Una vez que se ha elegido el tema de la charla, es necesario estudiar el material que se proporciona sobre el tema, familiarizarse con los conceptos, conocer los objetivos del mensaje y determinar las formas de comunicar el mensaje lo más claro y directo posible.

No es recomendable aprenderse la charla de memoria, lo que si se debe hacer es preparar algunas notas que delineen los puntos más importantes, de modo que no se olvide mencionarlos.

La preparación de una charla también implica buscar la solución a diversas preguntas que puedan hacer los trabajadores en relación con el tema, hay que tener en cuenta el nivel cultural y de comprensión que tengan los trabajadores para poder hacer llegar el mensaje, de tal forma que todos lo comprendan.

-        ¡No improvise la charla pues tarde o temprano tendrá sus consecuencias!


Un estudio previo del tema hace que su explicación sea más fácil de transmitir. Cuando se estudia el tema las palabras fluyen fácil y claramente, se está en la posición de poder anticipar una pregunta y contestarla y la mente está llena de ejemplos y datos relacionados con el tema.

La mejor forma de prepararse es siguiendo este método: PENSAR, ESCRIBIR, LEER, ESCUCHAR, ORGANIZAR Y PRACTICAR. 


Pensar en las propias experiencias, observaciones, convicciones, ideas y sentimientos, también en la empresa: ¿Cuáles son los problemas actuales?, ¿Si tienen que ver con la charla?, ¿hay una oportunidad de mejora para transmitir a través de una charla?,  Por ejemplo tener en cuenta las campañas que se estén realizando, en las personas involucradas y sus necesidades, en las estadísticas de accidentalidad, etc.

ü  Escriba las ideas centrales: hacer algunas anotaciones como ideas claves, citas, observaciones, para ello puede utilizar una libreta o tarjetas de anotación.

ü  Organice: Una vez que se ha recopilado ideas e información, se habrá avanzado para organizar el esquema de la charla; la preparación y la organización son las verdaderas llaves del éxito.

Hay que mostrar respeto por los trabajadores, dándoles una charla bien organizada y ellos actuaran consecuentemente.

ü  Practique: En esto puede radicar la diferencia entre una charla y una excelente charla. La práctica aumenta la confianza y mejora la comunicación; para dar una buena charla cada se debe usar el método que más se adapte a la personalidad del emisor, se recomienda no memorizarla. Es posible que al principio no resulten charlas perfectas pero  con prácticarlas se lograrán mejores resultados.

v Existen algunos principios básicos de la comunicación que deben tenerse en cuenta mientras se estudia el material para dar una buena charla.

§  Frecuencia cuanto más a menudo se repita un mensaje, mas son las posibilidades de recordarlo.

§  Intensidad: si transmites con entusiasmo y positivo el mensaje más fácil será recordarlo.

§  Duración: cuanto más corto sea el mensaje mayor son las posibilidades de lograr la atención, que entiendan y retengan el mensaje.

§  Repetición: El aprendizaje se aumenta y se fortalece con la repetición, los mensajes son impresos en la mente: poco a poco
Sencillez, claridad y entendimiento son las palabras claves para lograr una buena comunicación.








jueves, 4 de mayo de 2017

SEÑORES CONTRATISTAS Y SUB-CONTRATISTAS

By Nidia Méndez García




Imagen tomada de http://alextwist.livejournal.com/485546.html




Antes de realizar la firma del Contrato de la obra a ejecutar tenga en cuenta que debe cumplir con la normativa vigente en Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente como mínimo.

Se deben destinar con antelación los recursos para ejecutar las actividades programadas en el Sistema de Gestión de La Seguridad y La Salud en el Trabajo y en específico para la obra en lo estipulado en el PLAN HSE presentado y aceptado previamente.

Deben solicitar que se incluya en el AIU (Administración, Imprevistos y Utilidades) el valor detallado para cumplir con estas obligaciones y no generar sobre costos cuando la interventoría y el cliente exija el cumplimiento del decreto 1072 de 2015 y las demás normas SST contempladas en la ejecución de las obras.


Si bien, en los Contratos de obra se estipula que: “El Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo se considerara como parte esencial de la obra y no como algo que se realizará adicionalmente, que se debe concebir desde el más alto nivel organizacional y administrativo para que se formulen políticas y pautas que abarquen en su totalidad la implementación y organización de esta clase de Sistemas, a la hora de su cumplimiento el Contratista no tiene claro de dónde sacar los recursos económicos para la ejecución de las actividades de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio  Ambiente incluidas en el Sistema y de esta manera poder cumplir con las normas.


Imagen tomada de http://coopecanera.com/brizna-optimista/medicinales/el-huevo/

jueves, 20 de abril de 2017

PARADIGMAS EN NORMATIVIDAD DE LA GESTIÓN EN LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

by  Carlos Andrés Méndez Garcia


Es increíble que a estas alturas del partido algunos profesionales en Seguridad y Salud en el Trabajo continúen equivocados respecto a la legislación aplicable en cuanto a estos temas, tanto así que terminan confundiendo a las personas que no tienen experiencia en los diferentes Sistemas de Gestión y peor aún, persisten en generar paradigmas en la aplicabilidad de estas normas, por ejemplo la confusión que se está presentando con los Decretos 1443 del 2014 y 1072 el 2015, este último hace referencia a un compendio de normas del Sector Trabajo en Colombia y NO, NO, NO, NO, NO deroga en ningún momento al decreto 1443, el cual hace referencia a la implementación del Sistema Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para que les quede más claro, este Decreto 1072 del 201 Compila toda la legislación aplicable a los diferentes sectores económicos, desde la constitución política de Colombia hasta el código sustantivo del trabajo y esto no quiere decir que los deroga.



Imagen tomada de http://i.imgur.com/pOyJGmT.gif

Por favor colegas profesionales en Seguridad y Salud en el Trabajo, si no  se tienen los criterios válidos para trabajar en el medio, no confundamos a los demás compañeros y clientes y los invito a leer detenidamente la normativa antes de lanzar conjeturas equívocas que pueden perjudicar el adecuado desempeño de la actividad profesional que ejecutamos.

Derogar: Acto por el cual una autoridad competente declara nula, sin validez o revocada parte de una ley o un decreto. Se trata de una anulación parcial; en la práctica mexicana se usa este término también para aludir a la revocación total de una ley lo que, técnicamente, es una abrogación.

Compilar: Agrupar en una obra elementos de diversos orígenes.

domingo, 2 de abril de 2017

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PROFESORES MAGISTERIO

by Luz Marina Méndez Garcia


El gremio de trabajadores del Magisterio e instituciones educativas privadas requieren establecer los estándares mínimos de Seguridad y Salud en el Trabajo



Imagen Tomada de http://www.taringa.net/vagonettas/mi/3HDC8



Veamos algunos requisitos legales que deben ejecutar en cada Institución Educativa:

  1. Exámen médico ocupacional de ingreso y Periódicos-anuales.
  2. Conformación del COPASST (comité paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo) postulándose para elecciones y le instruyeron en el tema? Consulte la guía aquí.
  3. Programa de prevención de enfermedades Osteomusculares. Adaptación de puestos de trabajo según las necesidades de cada trabajador.
  4. Reporte e investigación de enfermedades y accidentes laborales.
  5.  Inspección de puestos de trabajo con el fin de identificar factores de riesgos.
  6. Implementación de acciones preventivas y correctivas en el lugar de trabajo con el fin de prevenir accidentes.
  7. Análisis según estadísticas los accidentes de trabajo ocurridos y se estable un plan de trabajo para mitigar los riesgos?.
  8. Actualizar periódicamente la matriz de identificación de riesgos, evaluación y valoración de riesgos. (debe actualizarse al cambiar de personal, cambiar de actividad, modificar las locaciones, equipos).
  9. Conformar y capacitar una brigada de emergencia para que lidere la atención de emergencias.
  10. Documentar, actualizar y divulgar un plan de emergencias.
  11. Elaborar un programa de orden y aseo.
  12. Reglamento de higiene y seguridad.
  13. Responsable de informar a la administradora y vocera del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio sobre accidentes y enfermedades laborales, se debe hacer seguimiento y acompañamiento desde las instituciones a los maestros.
Estas actividades deben ser realizadas de manera real, que beneficien a los docentes, no sólo documentadas, todos  los docentes y trabajadores de las instituciones educativas sin importar la forma de contratación deben ser incluidos.


Legislación aplicable



Decreto No. 1075 de 26 de agosto de 2015 "Por el cual se expide el Decreto Único reglamentario del Sector Educación" Consultar aquí. Es Importante y una ganancia muy merecida que se cuente con este decreto que Compila y racionaliza las normas de carácter reglamentario que rigen en el sector.

Decreto 1655 "Por el cual se adiciona el Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación para reglamentar el artículo 21 de la Ley 1562 de 2012 sobre la Seguridad y Salud en el Trabajo para los educadores afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y se dictan otras disposiciones" Consulta el decreto 1655 aquí.

Algunos apartes del Decreto 1655 


Evaluaciones Médicas Ocupacionales y  el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales: Res. 2346 de 2007 del Ministerio de la Protección Social.

Seguridad y Salud en el Trabajo, y la define como una disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. tiene como objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones: 

Ley 1562 del 2012 Artículo 1.

Las entidades territoriales certificadas en educación, tienen dentro de sus responsabilidades la de administrar las instituciones educativas, el personal docente y administrativo y, en consecuencia, deben realizar acciones en beneficio de la calidad de vida y de trabajo de sus servidores, sean estos administrativos o educadores.

Manual de Calificación de Pérdida de Capacidad Laboral, la Tabla de Enfermedades Laborales para los educadores afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, los sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, los comités paritarios de seguridad y salud en el trabajo, las actividades de promoción y prevención y los sistemas de vigilancia epidemiológica, sin afectar el régimen especial de excepción en salud previsto en el artículo 279 de la Ley 100 de 1993.  Ley 1562 de 2012, artículo 21.

Que el Gobierno Nacional profirió el Decreto 1075 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación", con el objetivo de compilar las normas de carácter reglamentario que rigen tal sector y contar con un instrumento jurídico único para el mismo.

Veamos algunos  Programas básicos que deben establecerse en los centros de trabajo:
  • Actividades del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Programas de vigilancia epidemiológica.
  • Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST). Guía
  • Actividades de Promoción y Prevención.
  • Tabla de Enfermedades Laborales.
  • Manual de Calificación de Pérdida de Capacidad 1aboral, para los educadores afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. 
La Fiduciaria administradora y vocera del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio es la encargada de garantizar, según los lineamientos del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, la implementación de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Magisterio, mediante el cumplimiento de las siguientes funciones:

1. Implementar el contenido organizacional y funcional del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Magisterio.

2. Administrar los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio para la prestación de servicios de seguridad y salud en el trabajo a los educadores activos, a través de los prestadores de servicios de salud.

3. Contratar y supervisar a los prestadores de servicios de salud en cuanto a la debida ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Magisterio, con el apoyo del equipo multidisciplinario de profesionales de que trata el artículo 2.4.4.3.3.3 del presente Decreto.

4. Pagar las prestaciones económicas causadas por accidentes de trabajo y enfermedades laborales, de acuerdo con las normas aplicables a los educadores activos.

5. Verificar y diagnosticar anualmente, junto con los prestadores de servicios de salud, el nivel de desarrollo e implementación de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Magisterio, la cobertura obtenida, el impacto logrado en el ambiente laboral y las condiciones de salud los educadores activos en cada entidad territorial certificada en educación.

6. Presentar un informe público anual de gestión, en el primer bimestre del año siguiente a la vigencia correspondiente, con los resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del magisterio, el cual será de carácter público, así como informes parciales anticipados que le solicite el consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.

7. Identificar e implementar los correctivos que se deriven de la verifiación del nivel de desarrollo e implementación de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Magisterio y los informes de gestión respectivos, teniendo en cuenta el diagnóstico particular de cada región.

8. Realizar seguimiento y tomar medidas necesarias para que a través de los prestadores de salud, se preste el servicio médico asistencial de forma oportuna, pertinente e integral, en caso de accidentes o enfermedades de origen laboral.

9. Supervisar que los prestadores de los servicios de salud elaboren el perfil de riesgo laboral de todos los educadores activos, enfatizando en los factores de riesgo de mayor incidencia en el desempeño de la labor docente y directiva docente.

10. Supervisar que los prestadores de servicios de salud realicen acciones de prevención y atención oportunas de las  enfermedades laborales de los educadores activos.

11. Las demás actividades de coordinación y supervisión la Seguridad y la Salud en el Trabajo del Magisterio.

La responsabilidad para que el Sistema de gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en el Magisterio funcione es de todos: Ministerio de Educación, Fiduciaria, Prestadores de Servicios de Salud del Magisterio, Entidades territoriales certificadas en Educación, Directivos Docentes y los actores más interesados deben ser Los Educadores, recordemos que se trata de engranar piezas de la mejor manera para que esta máquina llamada Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo funcione de la mejor manera y en la medida que se determine se deben cambiar "piezas" para adaptarla cada día más a las necesidades según los riesgos determinados, esto es llamado: Mejora Contínua, una oportunidad de crecer como equipo y mejorar las condiciones laborales y de vida de cada uno.



Así que manos a la obra Educadores, nos falta mucho pero parte de la tarea está en manos de Ustedes quienes deben liderar y llevar esta bandera para que las cosas sucedan. Los invito a conocer más del tema consultando la legislación vigente aplicable.


Tabla de Enfermedades Laborales noticia. Consultar..
Decreto 1655, Sección 6 "Tabla de Enfermedades Laborales y Manual de Calificación de Pérdida de Capacidad Laboral" Artículo 2.4.4.3.6.1. 

La determinación del carácter de enfermedad laboral de los educadores activos se realizará conforme a la Tabla de Enfermedades Laborales que se adopta mediante el presente Capítulo, la cual forma parte integral del mismo (Anexo Técnico 1). Parágrafo. En los casos en que una enfermedad no figure en la Tabla de .-Enfermedades Laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional, será reconocida como enfermedad laboral para efectos del presente Capítulo. Consultar el Decreto  1655 a partir de la página 21, desde el numeral 2.2 en adelante.

Consulte resumen del Decreto 1655 en diapositivas: REPOSITORIO SINEDUSA.ORG



El gremio educativo requiere más garantías en Seguridad y Salud en el Trabajo al igual que las demás industrias en Colombia.